Este suministro sólo podrá ser realizado por empresas distribuidoras o por empresas comercializadoras debidamente autorizadas.
Las empresas distribuidoras:
- Estarán obligadas a efectuar el suministro a tarifa y ampliarlo a toda persona abonada que lo solicite.
- No efectuarán el suministro a tarifa cuando las instalaciones de la persona consumidora no cumplan las condiciones técnicas y de seguridad reglamentarias.